Categoría | Corotos Ajenos, Dominicanos

¿Por qué ayer no había ni clases ni trabajo?

Publicado el 6 de Noviembre de 2007 por Andiel

COROTOS AJENOS:
Ernesto Guzmán, 2do Año de Derecho, PUCMM

 

6 Noviembre de 1844

Acta de Nacimiento de nuestra República

Este martes hace 164 años del nacimiento formal de nuestra República, mediante aquel documento normativo elaborado por 22 diputados electos por voto directo, apoderados por aquellos hombres independientes y comerciantes de la parte oriental de la isla de Santo Domingo, con fines de ejercer el poder constituyente originario.

La originaria carta magna, estableció un gobierno Republicano, Electivo y Civil; el derecho de pensamiento y derecho de reunión; la separación de los tres poderes del estado; la obediencia de las Fuerzas Armadas al Poder Civil, y la preeminencia del poder Legislativo sobre el Ejecutivo.

Esta primera constitución dominicana, según varios juristas e historiadores, ha quedado intacta en las 37 reformas constitucionales que han sido realizadas, es decir, ha preservado su parte dogmática y sus preceptos fundamentales.

Resulta interesante el hecho de que nuestra constitución tiene su origen en el golpe de estado liderado por el caudillo Pedro Santana, en detrimento del padre de la patria Francisco del Rosario Sánchez (quien ejercía funciones de presidente) y del pueblo dominicano mismo.

Santana, automáticamente asume el poder, se propone convocar asambleas electorales para elegir a quienes realizarían los procedimientos constituyentes.

Ya finalizado el proceso de elaboración de la Constitución, ésta fue presentada al general Pedro Santana en su calidad de presidente, quien la objetó por considerar que limitaba las esferas de accionar del ejecutivo, osea, le limitaba el poder.

Este hecho se convierte en la primera manifestación de la Constitución dominicana como instrumento político de los gobernantes.

Este impase se solucionó añadiendo el controversial Artículo 210, que textualmente establecía: “Durante la guerra actual y mientras no esté firmada la paz, el presidente de la República puede libremente organizar el ejército y la armada, movilizar las guardias nacionales y tomar todas las medidas que crea oportunas para la defensa y seguridad de la nación; pudiendo en consecuencia dar todas las órdenes, providencias y decretos que convengan sin estar sujeto a responsabilidad alguna”.

El citado artículo suprime parte de la esencia normativa de la constitución y las leyes, ya que mediante éste, se le otorgaba plenos poderes ilimitados al presidente de la República, y más grave aún, sin ningún tipo de responsabilidad.

Para evadir las tensiones sociales, los diputados se reunieron el 6 de Noviembre de 1844, luego de aproximadamente 3 meses de labores, en la provincia de San Cristóbal para allí someter a aprobación susodicha constitución, convirtiéndose en la primera Constitución Dominicana, nuestra acta de nacimiento formal ante los ojos del cosmos.

Desde entonces, generalmente la constitución ha servido para satisfacer ciertas apetencias coyunturales de los sectores políticos de la nación, y otras veces para introducir cambios sustanciales, innovadores y necesarios a nuestro marco normativo.

Ernesto Guzmán Alberto
ernestoguzman@gmail.com

Ver In Extenso: Evolución Histórica de la Constitución Dominicana

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3 Comentarios para este post

  1. Luijo dijo:

    Muy educativo e interesante el artículo.

  2. Reynaldo Brito dijo:

    Muy educador y claro. Excelente…..

  3. isravalenzuela dijo:

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